A partir de la reforma Constitucional de 2011,
Los derechos fundamentales (entre ellos, los derechos humanos) adquirieron una dimensión trascendental en todas las áreas de práctica del orden jurídico Mexicano, volviéndose indispensable para los abogados postulantes dominar la técnica del litigio Constitucional para alcanzar los objetivos trazados en los litigios civiles y mercantiles en los que participan.
“De Regil & Abogados”, ha acumulado amplia experiencia en comparecer ante la Suprema Corte de Justicia de México y otros Tribunales Federales, para hacer valer la inconstitucionalidad de normas generales, así como, los derechos fundamentales de las partes frente a violaciones perpetradas en juicios civiles y mercantiles de alto perfil, y, actos de autoridades administrativas.
Nuestros servicios de representación, defensa y patrocinio en Juicios ante el Poder Judicial de la Federación incluyen:
-Juicio de Amparo Indirecto y Directo para la Protección de Derechos Fundamentales.
- Acciones de Inconstitucionalidad.
-Controversias Constitucionales.
-Procedimientos de queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Algunos de nuestros resultados en Juicios Relevantes:
• Nuestros litigantes, obtuvieron una Sentencia de Amparo en la que se declaró inconstitucional LA DONACIÓN FORZOSA A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CDMX DE UNA PARTE EQUIVALENTE AL 10% DE LA SUPERFICIE TOTAL DE LOS PREDIOS Y/O PREDIO para los que se solicite la licencia de fusión, subdivisión, relotificación o construcción de conjuntos habitacionales, de oficinas o comerciales, esto es, la inconstitucionalidad de los artículos 49 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 74 y 75 de su Reglamento, vigentes en aquel entonces; ello, en un tiempo inferior a 4 meses, mediante Juicio promovido previa obtención de la Licencia de Fusión de predios y sin que nuestro cliente suspendiera los trabajos en el desarrollo.
La Sentencia del Tribunal Colegiado de Circuito que conoció del Recurso de Revisión interpuesto por el Jefe de Gobierno confirmo la inconstitucionalidad, lo que derivó en la creación de la primera Tesis de Jurisprudencia que decretó de manera conjunta la inconstitucionalidad de los artículos 49 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 74 y 75 de su Reglamento; lo que a la postre derivo en la reforma de la Ley.
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